Información importante para saber sobre el alquiler de embarcaciones

El alojamiento durante uno o más días en grandes veleros o yates en el muelle se está extendiendo en los puertos deportivos. Para el propietario de un barco, a veces es una ganga y puede ser bastante lucrativo aunque se practique como accesorio.

Sin embargo, esta nueva actividad de alquiler plantea preguntas, controversias y a veces una hostilidad abierta por parte de los ayuntamientos o las oficinas de los capitanes.

¿Cómo clasificar legalmente el alquiler de un muelle?

En la práctica, es poco probable que los navegantes que alquilan sus embarcaciones tomen la iniciativa de registrar su actividad en el Ayuntamiento. Además, el riesgo criminal sería bajo. De hecho, en lo que respecta al alquiler en las grandes ciudades, la ausencia de registro en el ayuntamiento se castiga con una simple multa de 3ª clase de 150 euros. Una suma que difícilmente es disuasoria, se puede adivinar que si un contrato de alquiler escrito está bien firmado, el pago del alquiler se hará a menudo en efectivo y por lo tanto escapará a la mirada de las autoridades fiscales. Sin embargo, para mas información sobre el tema, lo ideal es seguirlo.

¿Qué hacer en caso de daños causados por los inquilinos?

Alquilar un barco en el muelle durante unos días sin navegar sólo causará preocupación alquiler barco sin licencia al propietario cuando los inquilinos indelicados causen daños importantes o provoquen una pérdida importante. En caso de daños mínimos, el contrato de alquiler es el documento vinculante y se aplican las normas del contrato de arrendamiento.

En caso de un accidente que cause lesiones corporales a un inquilino

Lo peor está por venir alquiler barcos. Si esta vez es un fletador el que es víctima de un grave accidente de lesiones personales a bordo del yate o del catamarán, las cosas pueden convertirse rápidamente en un desastre. En este caso, el propietario podría ser condenado sobre la base de la violación de una obligación de seguridad general o especial, lo que le obligaría a compensar plenamente la lesión corporal sufrida por su arrendatario. Y las adiciones en esta área son a veces muy pesadas si las víctimas están severamente afectadas.

Es muy probable que, en el marco de sus competencias de policía, las capitanías o los organismos privados o públicos delegados para la gestión de los puertos deportivos, prohíban o regulen estrictamente.